Incentivos para Energías y Tecnologías Renovables en Andalucía
AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍAAndalucíaSubvención
¿Puede pedirla tu empresa?
Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 44.150.000 €
Andalucía
Para quién es
Empresas (pymes y grandes), personas físicas que realizan actividad económica, entidades de gestión de espacios productivos, entidades locales y sus entes dependientes, clústeres y asociaciones empresariales que desarrollen actividades encuadradas en los CNAE admitidos y ejecuten proyectos de inversión o desarrollo ligados a cadenas de valor industriales, minería sostenible, hidrógeno renovable o espacios productivos en Andalucía.
Pueden solicitar estos incentivos empresas (pymes y grandes), así como personas físicas que desarrollen actividad económica, entidades locales y entidades gestoras de espacios productivos, siempre que su actividad esté encuadrada en alguno de los CNAE admitidos y las inversiones se realicen en Andalucía. Se exige ser empresa no en crisis, no haber realizado deslocalización en los dos años previos ni hacerlo en los dos posteriores a la inversión, y no estar afectado por sanciones ni pertenecer a sectores excluidos por la normativa europea y autonómica aplicable. Determinadas actuaciones exigen además cooperación de grandes empresas con pymes y haber ejecutado o previsto proyectos en la Línea 2 de eficiencia energética.
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas, medianas empresas y grandes empresas.
- Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads y asociaciones y fundaciones.
- La actividad debe encuadrarse en alguno de los códigos CNAE 2009 que se establecen en la convocatoria; en esta línea concreta se relacionan expresamente numerosos CNAE industriales, de servicios avanzados, comercio, transporte, TIC, agua, residuos, sanidad y servicios sociales.
- Las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Las personas físicas deben estar dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Debe tenerse la consideración de empresa según el Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 cuando se trate de personas o entidades que realicen actividad económica, y la actuación debe destinarse a dicha actividad económica.
- Para la calificación como pyme se aplican los criterios del Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, verificándose datos de participación y magnitudes financieras; en caso de participación pública en pymes, el 25 % o más del capital o derechos de voto no puede estar controlado por organismos públicos, salvo en los supuestos permitidos.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Financiación para grandes empresas, pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en el ámbito de energías y tecnologías renovables, a través de subvenciones y entregas dinerarias sin contraprestación. Convocatoria de AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA. Presupuesto total: 44.150.000 €. Plazo de solicitud hasta el 30/09/2027. Registrada en la BDNS con el código 861153.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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