Subvenciones para la internacionalización y mejora comercial de pymes extremeñas
SECRETARÍA GENERAL DE ECONOMÍA, EMPRESA Y COMERCIOExtremaduraSubvención
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Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 900.000 €
Extremadura
Para quién es
Personas físicas y jurídicas que tengan la consideración de pyme, asociaciones empresariales, comunidades de bienes y otras unidades económicas sin personalidad jurídica que ejerzan actividad económica propia en Extremadura y desarrollen actividades productivas, comerciales al por mayor o de servicios no de intermediación.
Pueden solicitar la ayuda las personas físicas y jurídicas que tengan la consideración de pyme, así como asociaciones empresariales y comunidades de bienes, que ejerzan actividad económica propia en Extremadura. Deben desarrollar en Extremadura actividades de transformación, fabricación, construcción, instalación, producción, comercio al por mayor o servicios (excluida la intermediación), y realizar proyectos de internacionalización con una inversión mínima subvencionable de 1.000 euros (IVA excluido). Además, han de cumplir los requisitos generales del artículo 12 de la Ley 6/2011 de Subvenciones de Extremadura y el régimen de ayudas de mínimis.
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas.
- Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads y asociaciones y fundaciones.
- Hay que invertir al menos 1000 € en el proyecto.
- Ejercer una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Desarrollar en Extremadura actividades de transformación, fabricación, construcción, instalación, producción, comercio al por mayor o servicios, excluidos los de intermediación.
- Tener la consideración de pequeña y mediana empresa según el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014.
- Cumplir los requisitos del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario, estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, etc.).
- Las ayudas están sometidas al régimen de mínimis del Reglamento (UE) 1407/2013, no pudiendo superar 200.000 euros de ayudas de mínimis recibidas en cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Financia la internacionalización y mejora de la comercialización de pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en Extremadura. Convocatoria de SECRETARÍA GENERAL DE ECONOMÍA, EMPRESA Y COMERCIO. Presupuesto total: 900.000 €. Plazo de solicitud hasta el 30/09/2026. Registrada en la BDNS con el código 863111.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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