Subvenciones para Seguros Agrarios en la Comunidad de Madrid
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIORMadridSubvención
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Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 1.800.000 €
Madrid
Para quién es
Titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas, acuícolas o forestales (personas físicas o jurídicas) que suscriban pólizas de Seguro Agrario combinadas incluidas en los Planes de Seguros Agrarios, con CNAE admitido y que cumplan los requisitos generales para ser beneficiarios de subvenciones públicas.
Pueden ser beneficiarios los titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas, acuícolas o forestales que suscriban pólizas de Seguros Agrarios Combinados incluidas en los Planes anuales y con CNAE admitido en el Anexo IV, siempre que no sean Administraciones Públicas. En general, las pólizas contratadas por empresas deben corresponder a PYMEs, salvo cooperativas, titularidades compartidas y sociedades agrarias de transformación, que pueden ser beneficiarias cualquiera que sea su dimensión, y los asegurados deben cumplir los requisitos de la Ley 38/2003 (estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social, sin órdenes de reintegro, etc.) y figurar como “subvencionables” en la base de datos CIAS.
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas, medianas empresas y grandes empresas.
- Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads y cooperativas.
- Quedan excluidas las pólizas contratadas por asegurados que tengan la consideración de Administraciones Públicas (art. 1.3.a).
- Quedan excluidas las pólizas contratadas por empresas, sociedades, asociaciones o entidades sin personalidad jurídica cuyo CNAE no figure entre los del Anexo IV del Real Decreto 425/2016 (art. 1.3.b).
- Quedan excluidas las pólizas contratadas por empresas que no tengan la condición de PYME según la normativa europea, salvo sociedades cooperativas, titularidades compartidas de explotación agraria y sociedades agrarias de transformación, que pueden ser beneficiarias cualquiera que sea su dimensión (art. 1.3.c).
- Debe demostrarse fehacientemente la existencia del bien asegurado y estar correctamente identificado según las órdenes ministeriales que regulan cada línea de seguro (art. 1.3.d).
- El beneficiario debe ser “agricultor” en el sentido del art. 2.a: titular de una explotación agrícola, ganadera, acuícola o forestal o persona (física o jurídica) con interés asegurable sobre la producción.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Financia pólizas de seguros agrarios para grandes empresas, pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en la Comunidad de Madrid. Convocatoria de CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR. Presupuesto total: 1.800.000 €. Plazo de solicitud hasta el 31/12/2026. Registrada en la BDNS con el código 874707.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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