Incentivar servicios ecosistémicos en la gestión forestal sostenible.
CENTRE DE LA PROPIETAT FORESTALCatalunyaSubvención
¿Puede pedirla tu empresa?
Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 730.000 €
Catalunya
Para quién es
Personas físicas y jurídicas titulares de terrenos forestales privados en Cataluña, incluidas sus asociaciones, tanto si desarrollan como si no desarrollan actividad económica, que cumplan los requisitos generales de la Ley General de Subvenciones y las condiciones técnicas de gestión forestal sostenible exigidas.
Pueden solicitar la ayuda las personas físicas y jurídicas titulares de terrenos forestales privados en Cataluña, incluidas sus asociaciones, siempre que los terrenos sean finca rústica no urbanizable, dispongan de un instrumento de ordenación forestal (IOF) aprobado y vigente y cumplan los requisitos generales del artículo 13 de la Ley 38/2003. Los rodales objeto de ayuda deben cumplir condiciones técnicas específicas (t alas planificadas en bosques adultos o formaciones autóctonas con atributos de madurez, y en el caso de reservas forestales, superficie mínima continua de 2 ha y antigüedad del bosque anterior a 1945), y la actuación subvencionada debe implicar al menos 1.500 € de gasto justificado.
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas.
- Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads, cooperativas y asociaciones y fundaciones.
- Hay que invertir al menos 1500 € en el proyecto.
- Hay que estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
- Terrenos objeto de actuación catalogados como finca rústica no urbanizable.
- Ser titular (persona física o jurídica) de terrenos forestales privados en Cataluña; en el caso de la línea de fomento de prácticas silvícolas, también sus asociaciones.
- Disponer de un instrumento de ordenación forestal (IOF) aprobado y vigente, según la Orden ARP/122/2017, de 13 de junio.
- Para la línea de prácticas silvícolas: las unidades de actuación deben tener talas planificadas en el IOF en bosques adultos (t alas de selección en bosques irregulares, clareos mixtos, selectivos, diseminatorios, preparatorios o finales en bosques regulares de diámetro medio mínimo de 20 cm) con objetivo preferente de producción de madera, leña, corcho u otros bienes.
- Para el establecimiento de reservas forestales: rodales con formaciones forestales autóctonas y atributos de madurez contrastada, superficie continua mínima de 2 ha y homogeneidad respecto a la especie principal; el rodal ya debe ser bosque antes de 1945 (o vuelo 55-56) según fotogramas aéreos indicados.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Otras actuaciones de carácter económico. Convocatoria de CENTRE DE LA PROPIETAT FORESTAL. Presupuesto total: 730.000 €. Plazo de solicitud hasta el 31/12/2026. Registrada en la BDNS con el código 885626.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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