Consellería de Empleo, Comercio y Emigración
Abierta
Emprendimiento

Subvenciones del programa Aprol-Economíal para fomento del empleo en Galicia

CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓNGaliciaSubvención

Quedan 22 díasCierra el 16 de septiembre de 2026

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Financiación

Hasta 4.900.000 €

Ámbito

Galicia

Para quién es

Cooperativas y sociedades laborales con centros de trabajo en Galicia, así como personas desempleadas, socias o trabajadoras que se incorporen como socias a cooperativas o sociedades laborales en el marco del programa de emprendimiento en economía social.

Pueden solicitar estas ayudas las cooperativas y sociedades laborales gallegas que incorporen como personas socias trabajadoras o de trabajo, con carácter indefinido o a prueba, a personas desempleadas o trabajadoras en las condiciones previstas, siempre que el centro de trabajo esté situado en Galicia. Las entidades deben estar inscritas en el Registro de Cooperativas de Galicia o en el Registro de Sociedades Laborales de Galicia, cumplir los límites legales de personal por cuenta ajena y que la incorporación suponga incremento del empleo fijo y del número de personas socias indefinidas respecto de la media de los 12 meses anteriores. No son subvencionables las entidades que compartan domicilio social o fiscal o cuyos socios coincidan mayoritariamente con otra cooperativa o sociedad laboral preexistente, ni incorporaciones ya subvencionadas en los últimos años.

Requisitos que piden las bases

  • Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads y cooperativas.
  • Centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Cooperativas inscritas en el Registro de Cooperativas de Galicia y sociedades laborales inscritas en el Registro de Sociedades Laborales de Galicia y en el Registro Mercantil.
  • Las personas que se incorporan como socias deben estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en los términos del artículo 5, o bien ser trabajadoras fijas discontinuas, socias a prueba previas o asalariadas de empresas que se transforman en cooperativa o sociedad laboral.
  • La incorporación debe suponer incremento del empleo fijo y del número de personas socias trabajadoras o de trabajo indefinidas respecto a la media de los 12 meses anteriores.
  • La incorporación puede ser a jornada completa o parcial, pero si es parcial debe ser al menos el 50 % de la jornada ordinaria; en fijos discontinuos, al menos el 50 % de la jornada anual o 868 horas.

Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.

Descripción oficial

Financia subvenciones y entregas dinerarias sin contraprestación para pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en Galicia. Convocatoria de CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN. Presupuesto total: 4.900.000 €. Plazo de solicitud hasta el 16/09/2026. Registrada en la BDNS con el código 886939.

Tipo de ayuda

Subvención

Sectores elegibles

Acabado de Textiles
Actividades de Apoyo a la Agricultura, a la Ganadería y de Preparación Posterior a la Cosecha
Actividades de Apoyo a la Extracción de Petróleo y Gas Natural
Actividades de Apoyo a la Pesca y la Acuicultura
Actividades de Apoyo a Otras Industrias Extractivas
Acuicultura

Tipo de beneficiario

PYME
autonomo

Ámbito geográfico

Galicia

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