Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Abierta
Emprendimiento

Incentivo a contrataciones indefinidas para PYMEs y autónomos en Andalucía

CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMOAndalucíaSubvención

Quedan 67 díasCierra el 31 de octubre de 2026

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Financiación

Hasta 37.382.929 €

Ámbito

Andalucía

Para quién es

Personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegios profesionales dadas de alta en RETA o mutualidad alternativa, y pymes que desarrollen su actividad económica en Andalucía y realicen segundas o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias (o la primera y sucesivas en el caso de pymes) de los colectivos de personas desempleadas elegibles.

Pueden solicitar estas ayudas las personas trabajadoras autónomas, mutualistas de colegios profesionales y las pymes que realicen en Andalucía contrataciones indefinidas ordinarias (a jornada completa o parcial ≥50%) de personas desempleadas jóvenes menores de 30 años, desempleadas de larga duración o mayores de 45 años. La empresa o autónomo debe desarrollar su actividad en Andalucía, cumplir el régimen de mínimis, no pertenecer al sector público y cada contrato incentivado debe suponer un incremento neto de plantilla fija y mantenerse al menos 24 meses, cumpliendo además determinados requisitos salariales y de exclusión de ciertas modalidades y personas contratadas.

Requisitos que piden las bases

  • Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas.
  • Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads y cooperativas.
  • Plantilla máxima de 249 personas.
  • Desarrollar la actividad económica o profesional en Andalucía, teniendo al menos una cuenta de cotización de la Seguridad Social en una provincia andaluza.
  • Para autónomos y mutualistas, estar dados de alta en el RETA o en la mutualidad alternativa correspondiente.
  • Ser pyme según el Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014: menos de 250 personas empleadas y volumen de negocio anual ≤ 50 millones € o balance general anual ≤ 43 millones €.
  • No encontrarse en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 y del artículo 116 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
  • No pertenecer al sector público según los artículos 2 y 82 de la Ley 40/2015.

Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.

Descripción oficial

Esta ayuda financia la contratación indefinida ordinaria de PYMEs y autónomos en Andalucía, fomentando el empleo y la estabilidad laboral. Convocatoria de CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO. Presupuesto total: 37.382.928,8 €. Plazo de solicitud hasta el 31/10/2026. Registrada en la BDNS con el código 894133.

Tipo de ayuda

Subvención

Sectores elegibles

Actividades Relacionadas Con el Empleo

Tipo de beneficiario

PYME
autonomo

Ámbito geográfico

Andalucía

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