Incentivo a contrataciones indefinidas para PYMEs y autónomos en Andalucía
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMOAndalucíaSubvención
¿Puede pedirla tu empresa?
Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 5.340.418 €
Andalucía
Para quién es
Personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegios profesionales, y pymes que desarrollen su actividad económica o profesional en Andalucía y realicen segundas o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias (autónomos/mutualistas) o primeras y sucesivas contrataciones indefinidas (pymes) de personas desempleadas de los colectivos previstos.
Pueden solicitar la ayuda personas trabajadoras autónomas, mutualistas de colegios profesionales y pymes que desarrollen su actividad en Andalucía y realicen contrataciones indefinidas ordinarias (a jornada completa o parcial ≥50%) de personas desempleadas jóvenes menores de 30 años, desempleadas de larga duración o mayores de 45 años. La empresa debe ser pyme según la definición UE, no pertenecer al sector público, cumplir el régimen de mínimis y cada contrato subvencionado debe suponer un incremento neto de la plantilla fija y mantenerse durante al menos 24 meses.
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas.
- Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads y cooperativas.
- Desarrollar la actividad económica o profesional en Andalucía, teniendo al menos una cuenta de cotización de la Seguridad Social en una provincia andaluza.
- Para personas trabajadoras autónomas o mutualistas: estar dadas de alta en el RETA o en la mutualidad alternativa correspondiente.
- La empresa debe tener condición de pyme según Reglamento (UE) 651/2014: menos de 250 personas ocupadas y volumen de negocio anual que no exceda de 50 millones de euros o balance general anual que no exceda de 43 millones de euros.
- Quedan excluidas las entidades pertenecientes al sector público según artículos 2 y 82 de la Ley 40/2015.
- La persona contratada debe estar desempleada el día anterior al inicio del contrato y pertenecer, en el momento del inicio, a alguno de los colectivos: personas jóvenes menores de 30 años, personas desempleadas de larga duración o personas mayores de 45 años.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Esta ayuda financia la contratación indefinida ordinaria de PYMEs y trabajadores autónomos en Andalucía, fomentando el empleo y apoyando el crecimiento económico. Convocatoria de CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO. Presupuesto total: 5.340.418,4 €. Plazo de solicitud hasta el 31/10/2026. Registrada en la BDNS con el código 894134.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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