Subvención para la Consolidación de Autónomos en La Rioja
AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJALa RiojaSubvención
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Hasta 20.000 €
La Rioja
Para quién es
Personas empresarias y profesionales autónomas y/o mutualistas, incluidos autónomos societarios y familiares colaboradores o familiares de socio, que ejerzan actividades económicas y/o profesionales y estén establecidas fiscalmente en La Rioja, con determinadas condiciones de alta y de renta si operan a través de sociedad.
Pueden ser beneficiarias las personas empresarias y profesionales autónomas y/o mutualistas, incluidos autónomos societarios y familiares colaboradores o familiares de socio, que ejerzan actividades empresariales, mineras, industriales, comerciales, de servicios, agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras y estén consolidadas en su actividad en La Rioja. Deben llevar al menos un año ininterrumpido de alta en RETA o en la mutualidad alternativa (o la combinación continua de ambos), tener domicilio fiscal (y, en su caso, social) en La Rioja y, si desarrollan la actividad a través de sociedad, no superar una base liquidable general de IRPF de 60.000 euros en 2024. No pueden haber sido beneficiarios en convocatorias anteriores de este mismo programa y deben cumplir los requisitos generales de la Ley General de Subvenciones y los límites de ayudas de minimis.
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla autónomos.
- Forma jurídica admitida: autonomos.
- Alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (como autónomo individual, familiar colaborador, autónomo societario o colectivo, o familiar de socio) en el momento de la solicitud, con un año inmediatamente anterior de alta ininterrumpida, pudiendo acumular distintos tipos de alta dentro de RETA.
- Alternativamente, para profesionales de servicios en régimen de mutualidad alternativa, alta en la mutualidad correspondiente como régimen alternativo al Sistema Público de la Seguridad Social en el momento de la solicitud, con un año ininterrumpido anterior; se admite continuidad si la baja en mutualidad desde el 6/07/2023 va seguida inmediatamente de alta en RETA sin días intermedios y ambos periodos suman más de un año.
- En el caso de autónomos o mutualistas individuales: estar dados de alta en el Censo de Actividades Económicas con domicilio fiscal en La Rioja en el momento de la solicitud y mantener esta situación ininterrumpidamente hasta la resolución de concesión y abono (no exigible a familiares colaboradores del titular de la explotación).
- En el caso de autónomos societarios o colectivos, mutualistas societarios y familiares de socio: la sociedad (o al menos una de ellas) debe estar dada de alta en el Censo de Actividades Económicas y tener domicilio social y fiscal en La Rioja en el momento de la solicitud, manteniéndolo ininterrumpidamente hasta la resolución de concesión y abono.
- Si la actividad se desarrolla a través de sociedad (incluidas sociedades civiles, comunidades de bienes o titularidad compartida), la base liquidable general sometida a gravamen en el IRPF 2024 del autónomo, mutualista o familiar de socio no puede superar 60.000 euros.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Financia la consolidación de autónomos y pymes en La Rioja, promoviendo el empleo a través de subvenciones y entregas dinerarias sin contraprestación. Convocatoria de AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA. Presupuesto total: 20.000 €. Plazo de solicitud hasta el 11/12/2026. Registrada en la BDNS con el código 898517.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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