Ayudas para PYMEs y personas físicas en Andalucía
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURALAndalucíaSubvención
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Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 69.933.214 €
Andalucía
Para quién es
Personas físicas (autónomos o que se comprometan a serlo), personas jurídicas públicas o privadas, organismos de derecho público, comunidades de bienes y sociedades civiles que ejecuten operaciones seleccionadas por un Grupo de Desarrollo Rural en una Zona Rural LEADER de Andalucía, siendo obligatorio que las empresas tengan carácter de PYME.
Pueden solicitar estas ayudas personas físicas (que sean o se conviertan en autónomos), personas jurídicas públicas o privadas, organismos de derecho público, comunidades de bienes y sociedades civiles que ejecuten operaciones seleccionadas por un Grupo de Desarrollo Rural en el marco de una Estrategia de Desarrollo Local LEADER en zonas rurales de Andalucía. Cuando el solicitante tenga la consideración de empresa, deberá cumplir la definición de PYME, y las operaciones deben ser viables técnica, económica y financieramente, no estar finalizadas antes de la solicitud y ajustarse a las tipologías de actuación previstas. Se excluyen operaciones en pesca y acuicultura y las de producción de energía destinada principalmente a su comercialización, así como proyectos cuya ayuda resultante sea inferior a 3.000 euros y beneficiarios que incurran en prohibiciones legales o no estén al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas.
- Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads, cooperativas y asociaciones y fundaciones.
- La operación debe estar seleccionada por un Grupo de Desarrollo Rural en el marco de una Estrategia de Desarrollo Local LEADER 2023-2027.
- La actuación debe desarrollarse en beneficio de una Zona Rural LEADER de Andalucía; si la inversión física se hace fuera de la zona, debe ser dentro de Andalucía y repercutir directamente en dicha zona, y la entidad debe tener su sede social en la Zona Rural LEADER en el momento de la solicitud.
- Las personas físicas solo pueden ser beneficiarias como empresarios individuales (autónomos) o comprometiéndose a adquirir dicha condición en un máximo de 3 meses desde la resolución favorable.
- Las empresas beneficiarias deben cumplir la definición de PYME del Anexo I del Reglamento (UE) 2022/2472; esta obligación no se aplica a organismos públicos y entidades con participación pública que sean empresa por ejercer actividad económica.
- Sociedades civiles deben constar en escritura pública cuando aporten inmuebles o derechos reales y disponer de NIF propio.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Financian proyectos de agricultura, pesca y alimentación para PYMEs y personas físicas que desarrollan actividad económica en Andalucía. Convocatoria de CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL. Presupuesto total: 69.933.214,47 €. Plazo de solicitud hasta el 31/12/2028. Registrada en la BDNS con el código 898836.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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