Dirección General de Empleo
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Emprendimiento

Subvenciones para el fomento del empleo en Castilla la Mancha

DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEOCastilla-La ManchaSubvención

Quedan 66 díasCierra el 30 de octubre de 2026

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Financiación

Hasta 2.961.530 €

Ámbito

Castilla-La Mancha

Para quién es

Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica y pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica que formalicen contratos de formación en alternancia, contratos para la obtención de práctica profesional, contratos de relevo o contratos indefinidos subvencionables con personas jóvenes desempleadas de Castilla‑La Mancha.

Pueden solicitar estas ayudas las personas jurídicas que no desarrollan actividad económica y las pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica, que formalicen contratos formativos, de relevo o indefinidos subvencionables con personas jóvenes desempleadas de Castilla‑La Mancha. Las contrataciones deben realizarse entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026 y ajustarse al artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores y al Real Decreto 1065/2025, incluyendo un plan formativo individual cuando proceda. Las ayudas a empresas se consideran de minimis y están sujetas a los límites establecidos en los Reglamentos (UE) 2023/2831, 2023/2832 y 1408/2013.

Requisitos que piden las bases

  • Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas.
  • Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads, cooperativas y asociaciones y fundaciones.
  • Las personas contratadas deben ser personas jóvenes desempleadas de Castilla‑La Mancha, destinatarias de las líneas reguladas en el Decreto 103/2022.
  • Las contrataciones subvencionables deben formalizarse entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive.
  • Los contratos de formación en alternancia (línea 1) deben ajustarse a los apartados 2 y 4 del artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores y a sus normas de desarrollo, indicando duración, jornada, actividad formativa vinculada, titulación o certificación profesional asociada y puesto de trabajo, e incorporando como anexo un plan formativo individual conforme al artículo 13 del Real Decreto 1065/2025.
  • Los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional (línea 2) deben ajustarse a los apartados 3 y 4 del artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores y a sus normas de desarrollo, indicando duración, titulación de la persona trabajadora y puesto de trabajo, e incorporando como anexo un plan formativo individual conforme al artículo 25.1 del Real Decreto 1065/2025.
  • Los contratos indefinidos subvencionables (línea 4) deben formalizarse en la misma categoría profesional o en una superior, garantizando la adecuación entre funciones desempeñadas y titulación de la persona trabajadora.

Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.

Descripción oficial

Financiación para pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica, así como para personas jurídicas sin actividad económica, en Castilla la Mancha. Total de 2.961.530 EUR disponibles. Convocatoria de DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO. Presupuesto total: 2.961.530 €. Plazo de solicitud hasta el 30/10/2026. Registrada en la BDNS con el código 902087.

Tipo de ayuda

Subvención

Sectores elegibles

Actividades Artísticas, Deportivas y de Entretenimiento
Actividades de Edición, Radiodifusión y Producción y Distribución de Contenidos
Actividades Financieras y de Seguros
Actividades Inmobiliarias
Actividades Profesionales, Científicas y Técnicas
Actividades Sanitarias y de Servicios Sociales

Tipo de beneficiario

PYME
autonomo

Ámbito geográfico

Castilla-La Mancha

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