Subvenciones para la Reducción de Siniestralidad Laboral
INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (IRSST)MadridSubvención
¿Puede pedirla tu empresa?
Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 200.000 €
Madrid
Para quién es
Personas físicas (autónomos) y personas jurídicas con actividad económica en la Comunidad de Madrid que tengan centros de trabajo en dicha Comunidad y cumplan la normativa de prevención de riesgos laborales, salvo las entidades expresamente excluidas.
Pueden solicitar la ayuda las personas físicas y jurídicas con actividad económica en la Comunidad de Madrid que realicen los gastos subvencionables en centros de trabajo ubicados en esta Comunidad y estén sometidas a la normativa de prevención de riesgos laborales. Deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, no incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, cumplir las exigencias en materia de seguridad y salud laboral y acreditar, antes del cobro, disponer de un plan de prevención de riesgos laborales. Quedan excluidas las sociedades y entidades públicas (y empresas con participación pública mayoritaria), las empresas de alquiler de equipos respecto de los bienes destinados a alquiler o comercialización y las agrupaciones, comunidades de bienes u otras unidades económicas sin personalidad.
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas, medianas empresas y grandes empresas.
- Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads, cooperativas y asociaciones y fundaciones.
- Hay que invertir al menos 1000 € en el proyecto.
- Tener actividad económica en la Comunidad de Madrid.
- Realizar las actuaciones y gastos subvencionables en centros de trabajo situados en la Comunidad de Madrid o adscritos a ellos (en el caso de bienes muebles).
- Tener uno o varios trabajadores por cuenta ajena, salvo los autónomos del artículo 1 de la Ley 20/2007, que pueden ser beneficiarios tengan o no trabajadores por cuenta ajena.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Hacienda de la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social.
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Financiación destinada a grandes empresas, pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en la Comunidad de Madrid, con el objetivo de reducir la siniestralidad laboral. Convocatoria de INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (IRSST). Presupuesto total: 200.000 €. Plazo de solicitud hasta el 30/09/2026. Registrada en la BDNS con el código 911957.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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