Subvenciones para el fomento de la economía local en Azpeitia
AYUNTAMIENTO DE AZPEITIAAzpeitiaSubvención
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Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 400.000 €
Azpeitia
Para quién es
Personas trabajadoras autónomas, pequeñas empresas, PYMEs, grandes empresas y asociaciones con actividad económica en Azpeitia en los sectores servicios, primario, industrial y de la construcción, con centro de trabajo o local en el municipio, dadas de alta en los epígrafes del IAE exigidos y que cumplan los requisitos generales de la Ley General de Subvenciones y de estas bases.
Pueden solicitar estas ayudas las personas trabajadoras autónomas, pequeñas empresas, PYMEs, grandes empresas y asociaciones con actividad económica en Azpeitia, en los sectores servicios, primario, industrial y de la construcción, siempre que tengan centro de trabajo o local (a pie de calle en el caso de servicios) en el municipio y estén de alta en los epígrafes del IAE exigidos. Se exige estar legalmente constituido, al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, disponer de licencia de actividad o plan de regularización, no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones y, en algunos casos, cumplir requisitos específicos de inversión mínima, tamaño de plantilla o características de la explotación agraria. Determinadas líneas exigen además que las actuaciones se realicen entre el 16/10/2025 y el 15/10/2026 (o 2027 para algunas inversiones) y que no hayan sido subvencionadas en años anteriores.
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas, medianas empresas y grandes empresas.
- Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads, cooperativas y asociaciones y fundaciones.
- Plantilla mínima de 2 personas.
- Actividad económica desarrollada en Azpeitia, con centro de trabajo o domicilio social en el municipio; en el caso de sector servicios, en establecimientos físicos situados a pie de calle.
- Para la línea de sector servicios y primario (Anexo I), estar inscrito en alguno de los epígrafes de IAE indicados: Sección 1: 3552, 41, 454, 61, 631, 64, 65, 66, 67, 68, 691.1, 691.2, 755, 831, 832, 833, 834, 841, 842, 844, 846, 849, 92, 931, 933, 94, 951, 952, 961, 965.2, 971, 972, 973 y 979; Sección 2: grupo 0, 411, 421, 731, 776, 82 y grupo 83.
- Empresas beneficiarias ya constituidas a la fecha de publicación de la convocatoria, legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, de alta en el IAE y en la Seguridad Social, en su caso.
- Tamaño mínimo general para las empresas del Anexo II: al menos 2 trabajadores (excepto en las líneas 2 y 3 indicadas en dicho anexo); en varias sublíneas se establecen límites de tamaño (≤50 trabajadores, entre 15 y 50, ≥20, PYMEs <250 o gran empresa).
- No hallarse incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y no tener fines o actuaciones contrarios a los derechos humanos ni incurrir en los supuestos del artículo 23 del Decreto Legislativo 1/2023 de igualdad.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Financiación destinada a grandes empresas, pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en Azpeitia, con un presupuesto total de 400,000 EUR. Convocatoria de AYUNTAMIENTO DE AZPEITIA. Presupuesto total: 400.000 €. Plazo de solicitud hasta el 15/10/2026. Registrada en la BDNS con el código 912313.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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