Inversiones para el desarrollo de empresas en zonas rurales (Enfoque Leader)
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURALExtremaduraSubvención
¿Puede pedirla tu empresa?
Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 800.000 €
Extremadura
Para quién es
PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica no agraria y promueven inversiones de creación, desarrollo, ampliación, modernización o traslado de empresas en municipios rurales del ámbito del GAL ARJABOR, encuadradas en la EDLP LEADER y en los sectores admitidos.
Pueden solicitar la ayuda personas físicas y jurídicas (PYME) que desarrollen actividad económica no agraria y realicen inversiones de creación, ampliación, modernización o traslado de empresas en zonas rurales del ámbito territorial del GAL ARJABOR, siempre que los proyectos encajen en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo LEADER. Los solicitantes deben ser PYMES según la definición comunitaria, estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social, no estar incursos en prohibiciones para ser beneficiarios y ejecutar las inversiones en los municipios rurales indicados, dentro de los sectores de actividad definidos en la convocatoria.
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas.
- Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads, cooperativas y asociaciones y fundaciones.
- Plantilla máxima de 249 personas.
- Los proyectos deben ejecutarse en los términos municipales del ámbito territorial de actuación del Grupo de Acción Local correspondiente (zona rural de Cáceres para GAL ARJABOR).
- Solo pueden ser beneficiarias las empresas que cumplan la definición de micro, pequeña o mediana empresa de la Recomendación 2003/361/CE (menos de 250 personas y límites de volumen de negocio y balance establecidos).
- Las personas beneficiarias no pueden estar incursas en las causas de prohibición del artículo 12 de la Ley 6/2011 de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Es obligatorio estar al corriente de las obligaciones con las Haciendas estatal y autonómica y con la Seguridad Social, salvo deudas aplazadas, fraccionadas o suspendidas.
- Las personas físicas deben tener cumplidos 18 años en el momento de la solicitud.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Financiación para la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales, dirigida a pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en Cáceres. Convocatoria de DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL. Presupuesto total: 800.000 €. Plazo de solicitud hasta el 18/09/2026. Registrada en la BDNS con el código 914240.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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