Subvenciones para el fomento de empleo de personas con discapacidad
LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEOPaís VascoSubvención
¿Puede pedirla tu empresa?
Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 744.600 €
País Vasco
Para quién es
Empresas de cualquier tamaño y personas trabajadoras autónomas con centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi que contraten o mantengan en empleo a personas con discapacidad y/o adapten sus puestos de trabajo, excluyéndose las administraciones públicas y el resto del sector público.
Pueden solicitar estas ayudas las empresas, incluidas personas autónomas, que contraten de forma indefinida o conviertan en indefinidos contratos temporales de personas con discapacidad, o que realicen adaptaciones de puestos y eliminación de barreras en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Las personas contratadas deben tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 % (o los casos de discapacidad física/sensorial del 65 % o más, o capacidad intelectual límite en los términos del RD 368/2021) y, con carácter general, estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, salvo en supuestos de conversión de contratos o tránsito desde centros especiales de empleo/enclaves.
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas, medianas empresas y grandes empresas.
- Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads y cooperativas.
- Actuaciones vinculadas a centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Quedan excluidas las Administraciones Públicas, organismos autónomos, entes públicos de derecho privado y demás entidades del sector público.
- Las personas beneficiarias finales deben tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, o ser pensionistas con incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o jubilación/clases pasivas por incapacidad, o tener capacidad intelectual límite con al menos un 20 % de discapacidad intelectual y sin alcanzar el 33 %, según el RD 368/2021.
- Para las ayudas a la contratación, las personas deben estar en situación de desempleo (no de alta en ningún régimen de la Seguridad Social) e inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo; no se exige desempleo en caso de conversión de contratos temporales en indefinidos ni en tránsito directo desde centros especiales de empleo o enclaves laborales.
- En contrataciones en enclave laboral, la empresa colaboradora debe contratar tras al menos tres meses desde el inicio del enclave (o incorporación posterior) y sin solución de continuidad.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Financia la creación de empleo para personas con discapacidad en el mercado ordinario. Dirigido a grandes empresas, pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en el País Vasco. Convocatoria de LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO. Presupuesto total: 744.600 €. Plazo de solicitud hasta el 31/12/2026. Registrada en la BDNS con el código 915485.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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