D.g. de Protección Civil y Emergencias
Abierta
Emprendimiento

Subvenciones para paliar daños por fenómenos meteorológicos en Andalucía y Extremadura

D.G. DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIASExtremadura y AndalucíaSubvención

Quedan 482 díasCierra el 20 de diciembre de 2027

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Financiación

Hasta 200.000.000 €

Ámbito

Extremadura y Andalucía

Para quién es

Personas físicas y jurídicas, incluidos trabajadores autónomos, pymes, explotaciones agrarias y pesqueras y empresas en general con bienes o actividad dañados por las inundaciones y temporales en municipios de Andalucía y Extremadura que sean declarados zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.

Las ayudas se dirigen a personas físicas y jurídicas, incluidas explotaciones agrarias, pesqueras, trabajadores autónomos y empresas cuya vivienda, bienes o actividad económica hayan resultado dañados por las inundaciones y otros fenómenos meteorológicos adversos en municipios de Andalucía y Extremadura declarados como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil. En el caso de las ayudas directas a empresas y autónomos, la actividad debe desarrollarse en zonas de municipios andaluces o extremeños con fuerte incidencia de temporales que hayan provocado desalojos, evacuaciones, inundaciones u otras circunstancias graves que hayan perturbado el normal desarrollo de la actividad.

Requisitos que piden las bases

  • Pueden solicitarla microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas.
  • Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads y cooperativas.
  • Ubicación en municipios de las comunidades autónomas de Andalucía o Extremadura incluidos en la zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil que determine el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
  • Daños causados directamente por inundaciones, borrascas u otros fenómenos meteorológicos adversos en el periodo señalado en la norma (entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 para los sucesos de protección civil, y desde el 1 de enero de 2026 para las medidas agrarias y pesqueras).
  • Para las ayudas directas a empresas y autónomos, la actividad económica debe desarrollarse en zonas de municipios andaluces y extremeños con fuerte incidencia de temporales que haya dado lugar a desalojos, evacuaciones, inundaciones u otras circunstancias graves que hayan perturbado el normal desarrollo de la actividad.
  • En ayudas por daños materiales, la suma de ayudas públicas y privadas e indemnizaciones de seguros no puede superar el valor del daño producido.
  • Determinadas líneas exigen que las explotaciones agrarias o pesqueras estén localizadas en términos municipales de Andalucía y Extremadura con especial siniestralidad y daños directos sobre explotaciones e infraestructuras productivas.

Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.

Descripción oficial

Financiación para pymes y personas físicas que desarrollan o no actividad económica, afectadas por fenómenos meteorológicos adversos en Andalucía y Extremadura. Convocatoria de D.G. DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS. Presupuesto total: 200.000.000 €. Plazo de solicitud hasta el 20/12/2027. Registrada en la BDNS con el código 916511.

Tipo de ayuda

Subvención

Sectores elegibles

Actividades Artísticas, Deportivas y de Entretenimiento

Tipo de beneficiario

PYME
autonomo

Ámbito geográfico

Extremadura
Andalucía

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