D.g. de Protección Civil y Emergencias
Abierta
Emprendimiento

Subvenciones para la recuperación de daños por fenómenos meteorológicos

D.G. DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIASExtremadura y AndalucíaSubvención

Quedan 482 díasCierra el 20 de diciembre de 2027

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Financiación

Hasta 200.000.000 €

Ámbito

Extremadura y Andalucía

Para quién es

Personas físicas, trabajadores autónomos, pymes y demás empresas con viviendas, explotaciones agrarias, actividades pesqueras o actividades económicas afectadas por los fenómenos meteorológicos adversos en municipios de Andalucía y Extremadura declarados zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil.

Pueden solicitar las ayudas las personas físicas (con o sin actividad económica), los trabajadores autónomos, las pymes y otras empresas cuyas viviendas, explotaciones o actividades se hayan visto afectadas por las inundaciones y temporales en municipios de Andalucía y Extremadura declarados como gravemente afectados. La actividad, explotación o vivienda debe estar localizada en dichos municipios y los daños o la perturbación grave de la actividad deben ser consecuencia directa de los fenómenos meteorológicos adversos del periodo indicado en el real decreto-ley.

Requisitos que piden las bases

  • Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas.
  • Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads y cooperativas.
  • Ubicación obligatoria en municipios de las comunidades autónomas de Andalucía o Extremadura incluidos en la zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil que determine el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática (art. 1 y 7.2).
  • Daños personales, materiales en vivienda, enseres o establecimientos, o perturbación grave de la actividad económica derivados directamente de las inundaciones, borrascas y otros fenómenos meteorológicos adversos ocurridos entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 (con carácter general) o desde el 1 de enero de 2026 para determinadas medidas agrarias y pesqueras.
  • Para determinadas ayudas agrarias, ser persona física, jurídica o ente sin personalidad con explotación agraria localizada en el ámbito de aplicación del capítulo agrario del real decreto-ley.
  • Para las ayudas que complementan el seguro agrario, haber contratado póliza dentro del Plan de Seguros Agrarios Combinados y tener peritación de Agroseguro de los daños.
  • Para las ayudas directas a empresas y autónomos, que la actividad económica se desarrolle en zonas de municipios de Andalucía y Extremadura con fuerte incidencia de temporales que haya dado lugar a desalojos, evacuaciones, inundaciones u otras circunstancias graves que hayan perturbado el normal desarrollo de la actividad.

Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.

Descripción oficial

Financiación para pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica, así como para quienes no la desarrollan, afectadas por fenómenos meteorológicos en Andalucía y Extremadura. Convocatoria de D.G. DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS. Presupuesto total: 200.000.000 €. Plazo de solicitud hasta el 20/12/2027. Registrada en la BDNS con el código 916519.

Tipo de ayuda

Subvención

Sectores elegibles

Actividades Artísticas, Deportivas y de Entretenimiento

Tipo de beneficiario

PYME
autonomo

Ámbito geográfico

Extremadura
Andalucía

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