Subvenciones para la recuperación de daños por fenómenos meteorológicos
D.G. DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIASExtremadura y AndalucíaSubvención
¿Puede pedirla tu empresa?
Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 200.000.000 €
Extremadura y Andalucía
Para quién es
Trabajadores autónomos y empresas, principalmente pymes, cuya actividad económica se haya visto afectada por los temporales en municipios de Andalucía y Extremadura declarados zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.
Pueden solicitar las ayudas los trabajadores autónomos y las empresas (principalmente pymes) cuya actividad económica se desarrolle en municipios de Andalucía o Extremadura determinados como zona afectada gravemente por la emergencia de protección civil y que hayan sufrido una fuerte incidencia de temporales con desalojos, evacuaciones, inundaciones u otras circunstancias graves que hayan perturbado su actividad. La cuantía de la ayuda dependerá del volumen de operaciones de la actividad, y las empresas beneficiarias que usen ayudas directas o ERTE vinculados a estas borrascas no podrán realizar despidos, so pena de nulidad y reintegro de las ayudas.
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas.
- Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads y cooperativas.
- La actividad debe desarrollarse en zonas de municipios de Andalucía y Extremadura en las que se haya producido una fuerte incidencia de temporales con desalojos, evacuaciones, inundaciones u otras circunstancias graves que hayan perturbado el normal desarrollo de la actividad.
- Las localidades elegibles serán determinadas por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática conforme al artículo 7.2 del real decreto-ley, atendiendo a la magnitud de los daños y a la situación financiera de las entidades locales.
- Las ayudas directas a autónomos y empresas se solicitan mediante formulario electrónico en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria hasta el 30 de junio de 2026.
- Las empresas que hagan uso de las ayudas directas o de los expedientes de regulación temporal de empleo previstos con ocasión de las borrascas tienen prohibido el despido de personas trabajadoras, bajo pena de nulidad del despido y obligación de devolver las ayudas.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Financiación para la recuperación de daños causados por fenómenos meteorológicos en Andalucía y Extremadura, dirigida a pymes y personas físicas que desarrollan o no actividad económica. Convocatoria de D.G. DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS. Presupuesto total: 200.000.000 €. Plazo de solicitud hasta el 20/12/2027. Registrada en la BDNS con el código 916622.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
¿Puede pedirla tu empresa?
Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.