D.g. de Protección Civil y Emergencias
Abierta
Emprendimiento

Subvenciones para la recuperación de daños por fenómenos meteorológicos

D.G. DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIASExtremadura y AndalucíaSubvención

Quedan 482 díasCierra el 20 de diciembre de 2027

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Financiación

Hasta 200.000.000 €

Ámbito

Extremadura y Andalucía

Para quién es

Trabajadores autónomos y empresas (principalmente pymes) con actividad económica afectada por los temporales en municipios de Andalucía y Extremadura que sean determinados oficialmente como zonas gravemente afectadas por la emergencia de protección civil.

Pueden solicitar estas ayudas los trabajadores autónomos y empresas, principalmente pymes, cuya actividad económica se desarrolle en municipios de Andalucía y Extremadura declarados zona gravemente afectada por los temporales, inundaciones u otros fenómenos meteorológicos cubiertos por el Real Decreto-ley. La actividad debe haberse visto perturbada por desalojos, evacuaciones, inundaciones u otras circunstancias graves que hayan afectado de forma relevante al normal desarrollo del negocio en dichas localidades.

Requisitos que piden las bases

  • Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas.
  • Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads y cooperativas.
  • Actividad económica desarrollada en municipios de Andalucía (ES61) o Extremadura (ES43) afectados por las inundaciones, temporales y otros fenómenos meteorológicos contemplados en el Real Decreto-ley.
  • Que la zona donde se ubica la actividad haya sido determinada por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática conforme al artículo 7.2 como afectada gravemente por la emergencia de protección civil.
  • Acreditar que la actividad económica se ha visto perturbada por desalojos, evacuaciones, inundaciones u otras circunstancias graves derivadas de las borrascas que han impedido o dificultado de forma relevante el normal desarrollo de la actividad.
  • Compatibilidad con otras ayudas siempre que, sumadas a indemnizaciones de seguros, no superen el valor del daño producido.
  • Ayudas exentas de tributación en IRPF e Impuesto sobre Sociedades, según lo previsto en el propio Real Decreto-ley y la normativa fiscal citada.

Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.

Descripción oficial

Financiación para la recuperación de daños causados por fenómenos meteorológicos en Andalucía y Extremadura, dirigida a pymes y personas físicas que desarrollan o no actividad económica. Convocatoria de D.G. DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS. Presupuesto total: 200.000.000 €. Plazo de solicitud hasta el 20/12/2027. Registrada en la BDNS con el código 916709.

Tipo de ayuda

Subvención

Sectores elegibles

Otros Servicios

Tipo de beneficiario

PYME
autonomo

Ámbito geográfico

Extremadura
Andalucía

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