Subvenciones para fomentar la sostenibilidad en la industria minera
CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIAGaliciaSubvención
¿Puede pedirla tu empresa?
Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 942.869 €
Galicia
Para quién es
Empresas privadas, incluidas personas físicas que ejerzan actividad económica, que desarrollen actividad industrial del sector de los recursos naturales/minería en Galicia (incluida elaboración de roca ornamental, envasado de aguas minerales y explotación de balnearios) y cuenten con los títulos administrativos preceptivos.
Pueden solicitar la ayuda las empresas privadas, incluidas personas físicas empresarias, que desarrollen actividad industrial en el sector de los recursos naturales/minería en Galicia, así como centros de elaboración de roca ornamental y, para ciertas líneas, empresas que envasen aguas minerales naturales o exploten balnearios en Galicia. Deben contar con el título administrativo minero o de aguas que resulte preceptivo, cumplir los requisitos de pyme/gran empresa según el Reglamento (UE) 651/2014 cuando proceda, no estar en crisis ni sujetas a orden de recuperación, estar al día con Hacienda, Seguridad Social y Xunta, y ejecutar inversiones concretas que mejoren la protección ambiental, la seguridad y salud laboral, la eficiencia energética o la certificación UNE 22480/22470 por encima de los requisitos normativos. No se subvencionan inversiones para simplemente cumplir la normativa vigente ni equipos que usen combustibles fósiles, y la ayuda de las líneas 2, 3 y 5 está sujeta al régimen de minimis (máx. 300.000 € en tres años por empresa única).
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas, medianas empresas y grandes empresas.
- Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads y cooperativas.
- Ámbito territorial: la actividad o el centro de trabajo debe estar situado dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Para líneas 1, 2, 4 y 5: realizar actividades reguladas por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y contar con el título administrativo preceptivo para su desarrollo.
- Para línea 3: ser empresa privada con centros de trabajo de elaboración de roca ornamental localizados en Galicia y realizar actividades incluidas en la clase 23.70 del CNAE (elaboración de roca ornamental), no incluidas en el epígrafe minero anterior.
- Para la mención específica de línea 4: empresas privadas con algún centro de trabajo en Galicia dedicado al envasado de aguas minerales naturales o a la explotación de balnearios, con título administrativo preceptivo conforme a la Ley 5/1995 de aguas minerales, termales, de manantial y establecimientos balnearios de Galicia.
- Definición de empresa: cualquier entidad, independientemente de su forma jurídica o modo de financiación, que ejerza una actividad económica; incluye empresarios personas físicas y sociedades de personas.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Financiación para grandes empresas, pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en el sector minero en Galicia, con el objetivo de promover la sostenibilidad en sus operaciones. Convocatoria de CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA. Presupuesto total: 942.869 €. Plazo de solicitud hasta el 24/08/2026. Registrada en la BDNS con el código 920602.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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