Subvenciones para actividades feriales en Catalunya
DEPARTAMENT D'EMPRESA I TREBALLCatalunyaSubvención
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Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 700.000 €
Catalunya
Para quién es
Personas físicas trabajadoras autónomas, microempresas y pymes, entidades sin ánimo de lucro, administraciones públicas locales y entes adscritos que organizan actividades feriales en Cataluña y cumplen los requisitos de las bases (registro ferial, límites de tamaño pyme, requisitos de igualdad, accesibilidad y minimis).
Pueden ser beneficiarias las personas físicas autónomas, microempresas y pymes, entidades sin ánimo de lucro, administraciones públicas locales y entes adscritos que organicen actividades feriales en Cataluña, con un máximo de 15 actividades feriales al año, y cuyas ferias estén inscritas en el Registro de Actividades Feriales (salvo primeras ediciones del programa 4). Deben cumplir los requisitos generales del artículo 13 de la Ley 38/2003, estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, respetar la normativa de igualdad, discapacidad, accesibilidad y no discriminación, y no superar el límite de 300.000 € de ayudas de minimis en tres ejercicios fiscales. Para el programa 2, además, se exige organizar ferias con más de 30 estands y que el estudio incluya al menos cuatro indicadores económicos básicos.
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas.
- Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads, cooperativas y asociaciones y fundaciones.
- Plantilla máxima de 250 personas.
- Facturación máxima de 50.000.000 €.
- Hay que estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
- Organizar actividades feriales en Cataluña.
- Estar legalmente constituidas en el caso de personas jurídicas.
- Actividades feriales inscritas en el Registro de Actividades Feriales de la Dirección General de Comercio y que cumplan el artículo 40.1 de la Ley 18/2017, de comercio, servicios y ferias, en la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente (excepto programa 4, primeras ediciones).
- Haber informado a la Dirección General de Comercio de las fechas de celebración de la actividad ferial para el año en curso.
- Organizar, como máximo, 15 actividades feriales al año.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Financiación para mejorar la competitividad del sector ferial en Catalunya, dirigida a pymes y entidades organizadoras de actividades feriales. Convocatoria de DEPARTAMENT D'EMPRESA I TREBALL. Presupuesto total: 700.000 €. Plazo de solicitud hasta el 17/12/2026. Registrada en la BDNS con el código 920887.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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