Subvención para el Fomento del Empleo en Santa Margarida i els Monjos
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGARIDA I ELS MONJOSSanta Margarida i Els MonjosSubvención
¿Puede pedirla tu empresa?
Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 15.000 €
Santa Margarida i Els Monjos
Para quién es
Empresas con al menos un centro de trabajo en Santa Margarida i els Monjos y nuevos autónomos o emprendedores que constituyan cooperativas en el municipio, cumpliendo los requisitos de empadronamiento y de realización de la actividad en el término municipal, y que no pertenezcan al sector público definido en la Ley 9/2017.
Pueden solicitar la subvención las empresas (individuales o societarias) con al menos un centro de trabajo en Santa Margarida i els Monjos, así como nuevos autónomos y emprendedores que creen cooperativas, siempre que la actividad se realice mayoritariamente en el municipio o la sede esté en él. Los autónomos y emprendedores deben estar empadronados de forma ininterrumpida al menos los 6 meses anteriores en el municipio y, en el caso de nuevos autónomos, no haber estado nunca de alta en este régimen o haberse dado de alta a partir del 1 de diciembre de 2025. Quedan excluidos los entes, organismos y entidades del sector público definidos en el artículo 4 y siguientes de la Ley 9/2017, y las ayudas se dirigen a contrataciones de personas desempleadas o en riesgo de exclusión empadronadas en el municipio e inscritas en el Servicio Local de Empleo.
Requisitos que piden las bases
- Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads, cooperativas y asociaciones y fundaciones.
- La empresa debe contar como mínimo con un centro de trabajo en el municipio de Santa Margarida i els Monjos.
- Los emprendedores que constituyan la empresa de forma cooperativa deben estar empadronados de manera ininterrumpida al menos los 6 meses anteriores en el municipio.
- Los nuevos autónomos deben no haber estado nunca dados de alta en esta modalidad o haberse dado de alta a partir del 1 de diciembre de 2025.
- Los nuevos autónomos deben estar empadronados de manera ininterrumpida al menos los 6 meses anteriores en el municipio.
- La actividad debe realizarse mayoritariamente en el municipio o la sede de la empresa/autónomo debe estar en el municipio.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Financia la creación de empleo a través de subvenciones para pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en Catalunya. Convocatoria de AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGARIDA I ELS MONJOS. Presupuesto total: 15.000 €. Plazo de solicitud hasta el 30/11/2026. Registrada en la BDNS con el código 921839.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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