Dirección General de Programas Industriales
Abierta
Sostenibilidad

Compensación de costes de emisiones indirectas de CO2

DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS INDUSTRIALESnacionalSubvención

Queda 1 díaCierra el 26 de agosto de 2026

¿Puede pedirla tu empresa?

Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.

Comprueba si encaja con tu empresa

Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.

Financiación

Hasta 600.000.000 €

Ámbito

nacional

Para quién es

Personas jurídicas del sector privado establecidas en España que, cualquiera que sea su forma jurídica y tamaño, exploten instalaciones industriales en los sectores/subsectores CNAE-2009 del Anexo I y hayan soportado en 2025 costes de emisiones indirectas de CO2 en su consumo eléctrico productivo.

Pueden solicitar la ayuda las personas jurídicas del sector privado, de cualquier forma jurídica y tamaño, que operen en 2025 en alguno de los sectores o subsectores industriales enumerados en el Anexo I de la Orden (CNAE-2009 concretos) y hayan incurrido en costes de emisiones indirectas de CO2 repercutidos en la electricidad destinada a sus procesos productivos. Quedan excluidas las empresas en crisis, las sujetas a órdenes de recuperación de ayudas ilegales, las incursas en las prohibiciones del art. 13 LGS, determinados nuevos entrantes en el RCDE con derechos gratuitos por emisiones indirectas y las que incumplan plazos de pago de la Ley 3/2004 cuando la ayuda supere 30.000 €, además de exigirse estar al corriente de obligaciones tributarias, Seguridad Social y reintegros de subvenciones y préstamos públicos.

Requisitos que piden las bases

  • Pueden solicitarla microempresas, pequeñas empresas, medianas empresas y grandes empresas.
  • Forma jurídica admitida: sociedads, cooperativas y asociaciones y fundaciones.
  • Hay que estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
  • Estar válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud.
  • Realizar una o varias actividades o fabricar productos destinados a comercialización y beneficio empresarial en los sectores enumerados en el Anexo I de la Orden, bajo los códigos CNAE 2009 o PRODCOM indicados.
  • Haber incurrido en 2025 en costes de emisiones indirectas de CO2 soportados en los gastos de suministro de energía eléctrica destinados a los procesos productivos de las actividades del Anexo I.
  • No estar en crisis en el sentido de la Comunicación de la Comisión 2014/C 249/01 sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas no financieras en crisis.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.

Descripción oficial

Financia la compensación de costes por emisiones indirectas de CO2 para grandes empresas, pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en España. Convocatoria de DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS INDUSTRIALES. Presupuesto total: 600.000.000 €. Plazo de solicitud hasta el 26/08/2026. Registrada en la BDNS con el código 921844.

Tipo de ayuda

Subvención

Sectores elegibles

sectores y subsectores industriales electrointensivos expuestos a riesgo de fuga de carbono
industria manufacturera

Tipo de beneficiario

PYME
gran empresa
autonomo

Ámbito geográfico

nacional

¿Puede pedirla tu empresa?

Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.

Comprueba si encaja con tu empresa

Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.