Financiación para Equipamiento e Infraestructura de Comunicaciones Móviles 5G
SECRETARÍA DE ESTADO DE TELECOMUNICACIONES E INFRAESTRUCTURAS DIGITALESGalicia, Asturias, Cantabria, País Vasco, Navarra, La Rioja, Aragón, Madrid, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Catalunya, C. Valenciana, Baleares, Andalucía, Murcia y CanariasSubvención
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Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 17.983.394 €
Galicia, Asturias, Cantabria, País Vasco, Navarra, La Rioja, Aragón, Madrid, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Catalunya, C. Valenciana, Baleares, Andalucía, Murcia y Canarias
Para quién es
Personas jurídicas que sean operadores de servicios de comunicaciones electrónicas debidamente habilitados, con derechos de uso de frecuencias en bandas armonizadas prioritarias para 5G y que desarrollen la actividad y creen el empleo necesario en España.
Pueden ser beneficiarias las personas jurídicas que sean operadores de telecomunicaciones debidamente habilitados conforme a la Ley 11/2022, que dispongan de derechos de uso de frecuencias en bandas armonizadas prioritarias para 5G y estén al corriente del pago de la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico. Deben tener domicilio fiscal y principal centro operativo en España, ejecutar la actividad y crear el empleo necesario en centros de trabajo situados en España, acreditar solvencia económica y técnica, no estar en crisis ni sujetos a recuperación de ayudas ilegales, y cumplir las obligaciones derivadas de la normativa de subvenciones y de los fondos FEDER.
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla microempresas, pequeñas empresas, medianas empresas y grandes empresas.
- Forma jurídica admitida: sociedads, cooperativas y asociaciones y fundaciones.
- Ser persona jurídica (quedan excluidas las personas físicas/autónomos) que ostente la condición de operador debidamente habilitado conforme a los artículos 6 y 7 de la Ley 11/2022, General de Telecomunicaciones.
- Disponer de derechos de uso de frecuencias en alguna de las bandas armonizadas en la UE para sistemas terrenales capaces de prestar servicios de banda ancha inalámbrica prioritarias para 5G, incluyendo derechos propios o adquiridos vía mercado secundario del espectro.
- Estar al corriente del pago de la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (incluido estar al corriente de obligaciones para no incurrir en dichas prohibiciones, aunque no se menciona de forma expresa la fórmula tributarias/Seguridad Social).
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras decisión de la Comisión Europea que declare una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Esta ayuda financia la provisión de equipamiento activo e infraestructura para dotar de comunicaciones móviles 5G en zonas sin señal 4G/5G, dirigida a grandes empresas, pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica. Convocatoria de SECRETARÍA DE ESTADO DE TELECOMUNICACIONES E INFRAESTRUCTURAS DIGITALES. Presupuesto total: 17.983.394,14 €. Plazo de solicitud hasta el 10/09/2026. Registrada en la BDNS con el código 922188.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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