Subvenciones para la Formación Profesional Ocupacional Dual en Catalunya
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CATALUÑACatalunyaSubvención
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Contrastamos las bases oficiales de esta convocatoria con los datos de tu empresa y te decimos si cumples, y qué te faltaría.
Gratis. Y de paso ves qué más hay abierto para vosotros.
Hasta 40.500.000 €
Catalunya
Para quién es
Administraciones locales de Catalunya y sus entes dependientes con competencias en empleo, entidades sin ánimo de lucro de atención a colectivos vulnerables, organizaciones empresariales y sindicales, centros y entidades de formación acreditados, empresas mercantiles autorizadas para impartir formación y personas físicas o jurídicas con capacidad de contratar y centro de trabajo en Catalunya que cumplan los requisitos de la base 4 de la Orden EMT/136/2025.
Pueden ser entidades beneficiarias las administraciones locales catalanas y sus entes vinculados, entidades sin ánimo de lucro de atención a colectivos vulnerables, organizaciones empresariales y sindicales, centros y entidades de formación acreditados, empresas mercantiles con autorización o acreditación para impartir formación y personas físicas o jurídicas con capacidad de contratar laboralmente y con centro de trabajo en Catalunya. Todas deben cumplir los requisitos generales del artículo 13 de la Ley 38/2003 y los específicos de la base 4 de la Orden EMT/136/2025, incluida la capacidad administrativa, técnica y económica y el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, de igualdad y de prevención de riesgos laborales.
Requisitos que piden las bases
- Pueden solicitarla autónomos, microempresas, pequeñas empresas, medianas empresas y grandes empresas.
- Forma jurídica admitida: autonomos, sociedads y asociaciones y fundaciones.
- Hay que estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
- Entidad constituida legalmente y con establecimiento operativo en Catalunya (base 3.1).
- En caso de entidades sin ánimo de lucro, estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente (base 4.1.d).
- En caso de personas físicas empresarias, alta en el censo del IAE cuando sea obligatorio (base 4.1.c).
- En caso de asociaciones y fundaciones sujetas al Código civil de Catalunya, tener estatutos adaptados e inscritos y cuentas anuales elaboradas y accesibles (base 4.1.h).
- En caso de fundaciones, presentar cuentas anuales ante el protectorado (base 4.1.i).
Resumen elaborado leyendo el texto oficial de las bases. Confirma siempre los detalles en el enlace oficial.
Descripción oficial
Esta ayuda financia la formación profesional ocupacional dual (SOC-FPODUAL) para pymes, grandes empresas y personas físicas que desarrollan actividad económica en Catalunya. Convocatoria de SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CATALUÑA. Presupuesto total: 40.500.000 €. Plazo de solicitud hasta el 28/09/2026. Registrada en la BDNS con el código 926001.
Tipo de ayuda
Subvención
Sectores elegibles
Tipo de beneficiario
Ámbito geográfico
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